Revista Gaceta UAEH

El Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores y su Implementación en la Universidad Nacional de La Matanza (2009–2014)


Por Mag Mecca, Dorina1
Fotografía


El Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores y su Implementación en la Universidad Nacional de La Matanza (2009–2014)

Si bien buena parte de las instituciones que dieron inicio al Sistema Universitario argentino han tenido un perfil más próximo a la docencia, con el correr del tiempo la investigación fue reconocida como una función sustantiva de las Universidades Nacionales. Aun así, a excepción de las instituciones cuyo perfil se enmarca en la producción de conocimiento, esta función ha tenido un menor desarrollo relativo a nivel nacional.

A los efectos de formalizar los procesos de acceso a la dirección de proyectos de investigación e incentivo de las actividades de producción del conocimiento, en el año 1993 se aprobó en Argentina el Programa de Incentivo a los Docentes Investigadores (ProInce). En ese marco, el presente artículo de divulgación se propone presentar la implementación del Programa de Incentivo a los Docente Investigadores, ProInce, en un caso de estudio específico: la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM).

Dicho programa introdujo la categoría docente investigador (Piñeiro et al., 2024), lo cual implicó distinguir las singularidades que adopta la investigación en las Instituciones de Educación Superior (IES), registradas y evaluadas de acuerdo con los indicadores establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) (2015).

También, se proponía, entre otras cosas, que la promoción de sus categoría se diera en el marco de un enfoque integrado de la docencia, investigación, extensión y gestión, haciendo que la creación de un incentivo a los docentes de las Universidades Nacionales que participen en proyectos contribuyera en forma simultánea a aumentar las tareas de investigación y desarrollo a nivel nacional, fomentando la reconversión de la planta docente, motivando una mayor dedicación a la actividad universitaria y a la creación de grupos de investigación.

Recién en el año 2008, el Ministerio de Educación aprobó el Manual de Procedimientos para la implementación del Incentivo previsto por el Decreto del año 1993. A partir de aquí es que se estableció, con claridad, qué requisitos debía acreditar un docente-investigador para obtener una de las cinco categorías del Programa, siendo la categoría superior la I y la inicial la V. (Resolución N° 1879/2008 Manual de procedimientos implementación incentivo decreto N°2427/93, 2008).

Ahora bien, nos interesa hacer foco en los requisitos para acceder a la Categoría III, que es la que permite poder comenzar a dirigir o codirigir proyectos de investigación. Uno de los requisitos que se solicitaban era que los docentes- investigadores acreditasen haber dirigido o codirigido exitosamente proyectos de investigación científica, artística o de desarrollo tecnológico, evaluados y aprobados en su desarrollo (informe de avance y/o informe final) por entidades de reconocido prestigio científico o académico, o, en su defecto, una actividad continuada de más de 8 años en proyectos de investigación acreditados (Art N° 18).

Entonces ¿cómo haría un docente-investigador para dirigir o codirigir un proyecto si no tuviera la categoría que lo habilitara aun? O ¿Cómo le van a otorgar la categoría III si no puede demostrar haber dirigido o codirigido proyectos de investigación?

En este contexto, el 1 de diciembre del 2011 el Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de La Matanza a través de la Resolución N° 103 aprobó el Programa y el Reglamento de Investigación Científica, Desarrollo y Transferencia de Tecnología e Innovaciones de la Universidad Nacional de La Matanza (CyTMA2), cuyo antecedente fue el Programa de Investigaciones, Ciencia y Técnica de la UNLaM (CyTMA), promovido en el año 2004. El fundamento del mismo, entre otras cosas, fue la necesidad desde el punto de vista institucional de implementar políticas específicas destinadas a consolidar las áreas de investigación consideradas de mayor prioridad en las distintas carreras que se dictan en la Universidad, garantizando así la capacitación y actualización de los recursos humanos existentes y la formación de nuevos recursos humanos y dar respuesta a los cambios suscitados desde la SPU en reemplazar el Decreto N° 2427/93 por la Resolución N° 1879/2008 del Ministerio de Educación (2008).

Por lo tanto, CyTMA2 estipula en su artículo 4° los requisitos para poder participar del mismo, detallando que para ingresar como Director o Codirector de este se debe contar con:

  • Categoría I, II, III o IV del Programa de Incentivo al Docente Investigador o
  • Ser profesor con título de Posgrado (Maestría, Doctorado o Posdoctorado) o
  • Ser docente titular o a cargo de Cátedra.

Estos requisitos permitieron que los docentes investigadores que ya se encontraban realizando funciones de investigación, ya sea por participar en proyectos de investigación (lo que le permitió obtener la categoría IV) o por sus carreras académicas (sus títulos de Posgrado), pudieran adquirir experiencia en las tareas de dirección de los proyectos y luego acreditar las mismas para las futuras convocatorias del Programa de Incentivos.

Cabe aclarar que, esto también fue posible porque en el artículo N° 9 se estipula que todos los proyectos del Programa CyTMA2 debían ser evaluados por al menos dos evaluadores externos, seleccionados del listado oficial del Banco Nacional de Evaluadores de la SPU, al igual que los proyectos de Investigación del Programa de Incentivos (ProInce). Ello implicaría que, si bien se flexibilizaron las condiciones para acceder a la dirección, el rigor de la calidad de la evaluación que habilitaba a la acreditación del proyecto era equivalente al del Programa Nacional.

Queda claro, que la experiencia de la UNLaM muestra cómo, con estrategias institucionales adecuadas, es posible fomentar la investigación y el desarrollo académico, incluso en contextos iniciales adversos. La creación de programas internos de investigación y la capacitación continua de los docentes son herramientas fundamentales para mejorar el acceso a categorías superiores y asegurar la sostenibilidad de la actividad científica universitaria.



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Bibliografía
Decreto N°2427/1993 Incentivo a los Docentes Investigadores de las Universidades. (1993). Obtenido de InfoLeg: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-2427-1993-19168
OCDE. (2015). Manual de Frascati. Guidelines for Collecting and Reporting Data on Research and Experimental Development, The Measurement of Scientific, Technological and Innovation Activities. Paris.
Piñeiro, J. P., Levy, M., & Amarilla, Y. (2024). Los supuestos teóricos acerca de la función de I+ D en la Evaluación Institucional CONEAU. El caso de la Universidad Nacional de La Matanza. ArtefaCToS. revista de estudios sobre ciencia y tecnología 13(2), 55-75.
Resolución N° 103 Programa CyTMA2 UNLaM. (2011). San Justo.
Resolución N° 1879/2008 Manual de procedimientos implementación incentivo decreto N°2427/93. (2008). Obtenido de Argentina.gob.ar: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-1879-2008-147802/actualizacion


1Magister en Educación Superior con mención en gestión, Universidad Nacional de La Matanza. Candidata Doctoral en Educación. Universidad Nacional de Hurlingham.